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por Debora Miculitzki

 
ARTICULO 7° — RESPONSABILIDAD FAMILIAR. La familia es responsable en forma prioritaria de asegurar a las niñas, niños y adolescentes el disfrute pleno y el efectivo ejercicio de sus derechos y garantías.

El padre y la madre tienen responsabilidades y obligaciones comunes e iguales en lo que respecta al cuidado, desarrollo y educación integral de sus hijos. Y los Organismos del Estado deben asegurar políticas, programas y asistencia apropiados para que la familia pueda asumir adecuadamente esta responsabilidad, y para que los padres asuman, en igualdad de condiciones, sus responsabilidades y obligaciones

Cada época fue configurando diferentes maneras de entender qué significa tanto el ‘vivir en familia’ como la ‘educación y crianza de los hijos’. Pero, ¿impactan en la crianza de las niñas y los niños las nuevas configuraciones familiares? ¿Qué es lo que hace que se garanticen  las condiciones mínimas en las cuales un niño puede desarrollarse y crecer saludablemente?

Podemos acercar variadas respuestas desde distintas disciplinas que estudiaron este tema a lo largo del tiempo, pero seguramente encontraremos en ellas una condición común: la conformación de un lazo amoroso entre al menos un adulto y un niño, no necesariamente ligados biológicamente; un adulto dispuesto a donar un lugar afectuoso en el cual un niño anide para desarrollar su singular manera de habitar en el mundo.

Sea cual fuera la conformación familiar desde la cual nos paremos para definir a la familia, también encontraremos una segunda condición común: para que al menos un adulto pueda establecer un lazo amoroso de cuidado con un niño, es necesario que ese adulto o los adultos estén enlazados a otros en una red de sostén que acompañe, fortalezca y genere condiciones para que los adultos asuman la función del cuidado  de un niño. Y esa red, necesariamente, debe estar conformada de manera corresponsable entre los distintos actores: familia extensa, comunidad y Estado.

Más allá de los modos de crianza y de las distintas conformaciones familiares, los especialistas coincidimos en que lo que hiere, lastima y daña a un niño es la violencia que experimenta en su entorno familiar cercano, aquel que ante todo debe protegerlo.

 “No está constatado que la modalidad de una relación parental sea un problema para la personalidad de los hijos cuando se construye sobre la base del amor, del respeto recíproco y de la confianza”, remarca Mercedes Minnicelli.

Lo que crea condiciones para un proceso constitutivo saludable en la infancia no es la conformación de la familia per se, sino las condiciones de los entornos que construyen los adultos que asumen el cuidado de un niño: si es un ambiente facilitador, al decir de Donald Winnicott, donde lo familiar esté dado por relaciones asimétricas pero respetuosas, por límites claros puestos en palabras, donde el juego y el disfrute sea lo que nutra el encuentro entre un adulto, los adultos en el vínculo respetuoso con un niño,  con los niños.

Es el gran desafío que diariamente enfrentamos los que hacemos Ieladeinu. Fortalecer o propiciar la constitución del entramado de redes comunitarias de apoyo para que las familias, cualquiera sea su conformación, puedan asumir su función de crianza y cuidado de las niñas y los niños a su cargo.

 

 
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